El impuesto de sellos es un tributo de alcance provincial, cada una lo legisla en su código fiscal, y grava los actos, contratos y operaciones de carácter oneroso formalizados dentro de la jurisdicción provincial.
Por lo tanto se debe tener en cuenta que para cada provincia existen diferentes alícuotas, exenciones y decretos.
Entre las mismas existen algunas características basicas necesarias para que el instrumento este alcanzado por el impuesto:
Por lo tanto se debe tener en cuenta que para cada provincia existen diferentes alícuotas, exenciones y decretos.
Entre las mismas existen algunas características basicas necesarias para que el instrumento este alcanzado por el impuesto:
- Onerosidad: debe existir un fin lucrativo.
- Instrumentación: los actos, contratos y operaciones deben estar formalizados en instrumentos públicos o privados.
- Territorialidad: deben estar celebrados dentro de la provincia y deben causar efectos sobre la misma.
No hay comentarios:
Publicar un comentario